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¿Afectará el divorcio a mi declaración de la renta?

abogados en Majadahonda

El derecho de familia establece que cuando tiene lugar un divorcio existen diferentes tipos de prestaciones que deberán pactarse en un convenio regulador o establecerse mediante sentencia judicial. La pensión alimenticia o la compensatoria son algunas de las cuestiones que habrá que tener en cuenta a la hora de formalizar la ruptura matrimonial. Sin embargo, en plena campaña de la Renta son muchas las personas que se acercan a nuestro bufete de abogados en Majadahonda para consultarnos si estos pagos tendrán algún tipo de repercusión fiscal.

Pensión compensatoria

Cuando uno de los cónyuges queda en situación de desventaja económica puede solicitar este tipo de prestación. La cuantía no podrá alcanzar niveles que permitan superar el grado de bienestar que esas personas tenían antes del divorcio. Ni tampoco podrá ser superior a la capacidad dineraria de la persona que debe abonar dicha remuneración.

Deberá declararse y tributará como rendimientos del trabajo para el destinatario de la misma y supondrá una reducción en la base imponible del pagador. Siendo así, es mejor optar por el pago fraccionado y dilatado en el tiempo.

Pensión de alimentos para los hijos comunes

Esta prestación atiende a cuestiones básicas para el mantenimiento de los hijos. Como los menores no tributan por la cantidad que reciben, no tendrá que ser declarada por el cónyuge que la percibe. Tampoco se aplicará ninguna reducción en la declaración del pagador, cuando este ya esté reduciendo su base imponible por descendencia. El pago de los estudios, la ropa o la asistencia médica se incluyen en esta partida, por lo que las condiciones fiscales serán las mismas que hemos citado en este apartado.

Compensación económica por motivos laborales

Cuando una de las partes de la pareja ha trabajado más que el otro en las cuestiones domésticas o ha trabajado para el otro sin percibir retribución económica, tendrá derecho a solicitar dicha compensación. Se han realizado cambios en la fiscalidad de esta prestación pero, según la última versión, este tipo de pagos no supondrá una reducción de la base imponible del pagador, ni tributará para el que lo recibe.

En Fúster & Olábarri sabemos que, en algunos casos, hacer frente a la campaña de la Renta puede convertirse en poco menos que una odisea. Siempre puedes consultarnos cualquier duda que tengas relacionada con este o cualquier otro tema relacionado con el derecho de familia.