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Delito de alcoholemia.

Desde Abogados las rozas le vamos a informar de los pasos a seguir en el caso de que Vd. haya sido parado por los agentes de la autoridad para realizarle un control preventivo de alcohol.

En Primer Lugar Vd. ha de mantener la calma, estar tranquilo y mostrarse respetuoso y colaborador con los agentes de la autoridad, ya que sino podrán detenerlo e imputarle un delito de desobediencia a la autoridad.

Posteriormente le van a someter a una primera prueba de detención alcohólica, soplando a través de un alcoholimetro, a la que usted no puede negarse bajo ninguna circunstancia, ya que de lo contrario estaría cometiendo el delito de alcoholemia, del articulo 383 del Código penal, es decir la negativa a soplar es un delito tipificado en el código penal.

Si el resultado ha sido positivo, le volverán a realizar dicha prueba transcurridos al menos 10 minutos, si vuelve a ser positivo, usted tiene derecho a pedir la prueba de sangre.

Si he resultado de la prueba ha dado una tasa superior a 0,60 le imputaran un delito contra la seguridad vial, tipificado en el articulo 379 del Código Penal Español, y podrá ir detenido a comisaria, donde le darán la citación para la celebración de un juicio rápido. V.d 

deberá contactar con un abogado penalista lo antes posible para elaborar una estrategia de defensa. Lo habitual suele ser una negociación de su  representación letrada con el Ministerio Fiscal para obtener la reducción de un tercio de la condena mínima de un año, de retirada del permiso de conducir, asi como de la multa económica que va en proporción a las ganancias  acreditadas del conductor, por lo que no es igual que el delito lo cometa un estudiante que no recibe un salario, que un trabajador que no tiene una familia a cargo y que percibe un salario alto.

Lo mas perjudicial de este delito son los antecedentes penales, que el justiciable tendrá que solicitar  al Ministerio de justicia su cancelación una vez extinguidos estos.