Podemos definir la patria potestad como el conjunto de derechos con los que cuentan los padres sobre sus hijos no emancipados y los bienes de estos. Los mismos son establecidos por ley, pero los progenitores también deberán cumplir con ciertos deberes respecto a los menores a su cargo. Regulada en el Código Civil, la patria potestad debe ejercerse siempre en beneficio de los hijos. Desde nuestra experiencia, como abogados en Las Rozas, te contamos cuáles son las principales obligaciones de los padres: estar con los hijos, cuidarlos, protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles cierta formación, representarlos legalmente y administrar sus bienes.
En cuanto al modo en que se ejerce la patria potestad, la misma recaerá sobre ambos progenitores, independientemente de su sexo o de si están o no casados. En algunos casos, podrá ser ejercida por uno de ellos, siempre y cuando cuente con el consentimiento del otro progenitor.
Existen algunos supuestos en los que la patria potestad puede extinguirse: el fallecimiento de los progenitores, la emancipación del hijo, la adopción del menor o cuando a los padres se les prive de esta por sentencia judicial.
En Fúster Olábarri nos encontramos con una duda recurrente relacionada con este tema: en qué casos se puede privar a un progenitor de la patria potestad. Cuando los padres incumplen sus deberes, será necesario un juicio ordinario, para valorar la situación. El veredicto del mismo podría despojar de la patria potestad a uno o ambos progenitores. Además, los padres pueden ver suspendidos estos derechos por otras cuestiones. Por ejemplo, manifestar una conducta peligrosa para la formación y desarrollo de los menores puede ser motivo para la privación de la patria potestad.
Cuando la nueva vida surge como consecuencia de una violación y hay una condena por sentencia penal que acredita el delito, la persona condenada quedará privada de los derechos y obligaciones como progenitor. Cuando la filiación se determina judicialmente, ante el rechazo de alguno de padres, el mismo no gozará de la patria potestad. Aunque tendrán la obligación de hacerse cargo de la manutención del menor, igualmente.
Desde nuestro bufete de abogados en Las Rozas te contamos que cuando los hijos están incapacitados mentalmente la patria potestad se prorroga más allá de su mayoría de edad. En estos casos la patria potestad se extinguirá cuando los padres fallezcan, se produzca su adopción, el hijo incapacitado se casa o cuando cesa la causa que motivó la declaración de incapacidad. Si los padres fallecen y el hijo mantiene sus problemas de incapacidad deberá establecerse un régimen de tutela para velar por su bienestar.