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Se acercan las vacaciones ¿qué puedo reclamar a mi línea aérea?

abogados en Majadahonda

Aunque el precio de los billetes de avión se ha reducido notablemente en los últimos años, lo cierto es que aquellos servicios que no responden a nuestras expectativas o que no resultan satisfactorios pueden dar lugar a un proceso de reclamación. Vuelos que se retrasan, cambios en los asientos, pagos por exceder el límite de peso para el equipaje estipulado por la compañía aérea, hay muchos motivos para que nuestro viaje se convierta en un pequeño infierno. Desde nuestro bufete de abogados en Majadahonda te contamos todo lo que debes saber sobre las posibilidades de reclamar a la compañía aérea, siendo la pérdida de equipaje uno de argumentos más frecuentes en este tipo de procedimientos.

Según han destacado algunos medios de comunicación nacionales, durante este año 2016, el precio por trayecto aéreo ha caído notablemente como consecuencia de la caída generalizada del precio del crudo. Lo que hace los billetes de avión mucho más asequibles para las vacaciones de verano, pero antes de embarcar, desde Fúster & Olábarri queremos que tengas muy claro qué cuestiones son susceptibles de reclamación.

  1. Retrasos: Según el reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes de compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso en los vuelos; a partir de tres horas tenemos derecho a reclamar una indemnización por retraso.
  2. Consecuencias por retraso o cancelación del vuelo: Con bastante frecuencia, vemos huelgas y problemas que llevan al retraso o a la cancelación de los vuelos, lo que puede hacernos perder una reserva para una noche de hotel o la entrada a un determinado espectáculo del que esperábamos disfrutar en nuestro destino. El perjuicio para el consumidor queda claro, pero no podremos reclamar nada por este concepto.
  3. Acceso a país de destino: Este punto está claro, si cuando llegamos a nuestro destino no nos permiten entrar al país por no contar con la documentación necesaria o no cumplimos los requisitos mínimos de entrada, no podremos reclamar a la compañía aérea, ya que en este caso el problema no será responsabilidad de la misma.
  4. Equipaje de mano: Es mucho más frecuente de lo que parece, excede el peso o las dimensiones máximas y no nos permiten llevar ese bulto como equipaje de mano. Deberemos facturarlo y, en la mayoría de los casos, pagar por ello o no coger el avión. En este último caso, no podríamos reclamar, aunque a posteriori podemos consultar la posibilidad de exigir responsabilidades a la compañía por incumplimiento del contrato.